El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su Sesión de hoy, un Decreto Foral Legislativo para poder adaptar la normativa navarra en materia de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a las últimas modificaciones recogidas en la legislación estatal.
Se trata de una medida obligada por lo establecido en el Convenio Económico entre Navarra y el Estado, que señala que Navarra debe aplicar en su territorio, en lo referente a la exacción del IVA, los mismos principios básicos y normas que rijan en cada momento en el resto del territorio nacional. En este sentido, la legislación foral establece que el Ejecutivo foral tiene potestad, por delegación del Parlamento de Navarra, para dictar normas con rango de ley foral que aprueben las modificaciones de las correspondientes leyes forales tributarias.
Reducción para alimentos básicos, pastas y aceites de semilla
El Gobierno de España aprobó, el pasado mes de junio, diversas medidas para hacer frente al impacto que eventos de carácter internacional, como los conflictos en Ucrania u Oriente Próximo, están teniendo en nuestro país. Entre estas medidas, se incluía una prórroga temporal, hasta finales de este año, de la reducción del IVA a determinados tipos de alimentos.
Así, se mantiene la rebaja de este impuesto al 5 por ciento para pastas alimenticias y aceites de semilla y al 0 por ciento para alimentos de primera necesidad, en ambos casos hasta el 30 de septiembre. Además, se elimina, hasta esa misma fecha, el IVA para los aceites de oliva.
A partir del 30 de septiembre, fecha para la que el Gobierno Central prevé una bajada significativa de la inflación, y hasta el 31 de diciembre, se incrementarán los tipos impositivos hasta el 7,5 por ciento para las pastas alimenticias y aceites de semilla, y al 2 por ciento, para alimentos de primera necesidad, entre los que se incluye el aceite de oliva. A partir de ese momento, el Gobierno Estatal calcula que la reducción en los precios permitirá la eliminación de esta medida excepcional. En cualquier caso, el aceite de oliva se consolida como alimento de primera necesidad, y mantendrá un tipo impositivo del 4 por ciento a partir de 2025.