El proceso será el siguiente:
SOLICITUDES DE NUEVO INGRESO: 25 DE MAYO- 5 DE JUNIO
(Se presentarán por vía telemática desde la web municipal)
LISTAS PROVISIONALES: 1 DE JULIO
(Tablón anuncios Escuela y Ayuntamiento, Web municipal: www.valledeegues.com)
PLAZO DE RECLAMACIONES: 1-6 DE JULIO
LISTAS DEFINITIVAS: 17 DE JULIO
(Tablón anuncios Escuela y Ayuntamiento, Web municipal: www.valledeegues.com )
FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA: 17-24 DE JULIO
(Se presentarán por vía telemática desde la web municipal)
Información general:
El procedimiento previsto en la Resolución 40/2020, de 17 de febrero, se aplicará a los niños y niñas que no estén matriculados en el centro en el curso 2019/2020 a excepción de lo dispuesto en la base 4.1 sobre el compromiso de pago que deberán asumir quienes reserven plaza y no residan en el mismo municipio en que se halle situado el centro infantil.
Pueden solicitar plaza:
- Los padres, madres o tutores legales de los niños y niñas nacidos en 2018 y 2019 y cuando haya instalaciones para niños/as menores de 1 año, los nacidos en 2020.
- Previa presentación de certificado médico que acredite la fecha prevista del parto, los padres y madres de los niños y niñas cuyo nacimiento se prevea para fecha anterior al 27 de abril del 2020.
La incorporación a los centros se realizará a partir de las 16 semanas de edad cumplidas o de un año cumplido en el inicio de curso para los centros donde no haya instalaciones para niños y niñas menores de 1 año.
En el caso de niños o niñas en proceso de adopción o acogida, se incluirá el correspondiente documento acreditativo.
PLAZO DE FORMALIZACIÓN: del 25 de mayo al 5 de junio de 2020 (Vía telemática desde la Web municipal)
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
a) Fotocopia del DNI, pasaporte, tarjeta de residencia para extranjeros o Carta de identidad equivalente del padre y de la madre o tutores legales.
b) Documentación justificativa de la situación laboral y/o académica del padre y de la madre o tutores legales.
- Certificado de vida laboral que acredite que en los 30 días anteriores a la fecha de finalización del periodo de preinscripción se encontraba de alta en la seguridad social. Opciones para conseguirlo.
1. Teléfono 901 50 20 50
Declaración jurada o certificado de quien emplea.
- Las situaciones laborables sujetas a regímenes especiales de la S. Social se justificarán con documento que acredite el alta del empleado en dicho régimen y certificado o declaración jurada del empleador o empleadores.
- Las situaciones laborales de profesionales liberales por cuenta propia se justificarán con documento que acredite el alta en la mutualidad general que corresponda, licencia fiscal y declaración jurada.
- En el caso de estar cursando estudios en el momento de presentación de las solicitudes, justificante de matrícula, calendario y horario del curso.
- En el caso de estar en excedencia por cuidado de hijo/a menor de 3 años, debe presentarse la comunicación de la excedencia y especificar por escrito que la fecha prevista de incorporación al trabajo no será posterior en un mes y medio a la fecha de inicio del curso, para que la situación laboral sea considerada en activo. En caso de incorporación posterior al inicio del curso la fecha prevista de incorporación al trabajo no será posterior en un mes y medio a la fecha de adjudicación de la plaza, en estos casos una vez producida la incorporación, se deberá presentar certificado de la empresa que lo acredite.
- En caso de desempleo, tarjeta de demanda de empleo.
c) Documentación justificativa de la composición familiar:
- Fotocopia del libro de familia (padre, madre, e hijos/hijas) o, en su defecto, documento oficial similar completo.
- En caso de separación o divorcio, deberá presentarse la sentencia judicial que declare aquella o documento que lo acredite legalmente.
- Certificado de discapacidad de cualquiera de los miembros de la unidad familiar excluido el niño o niña para el que se solicita admisión en el centro, o documentación que acredite que alguno de los miembros de la unidad familiar es pensionista de la S. Social que tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez.
- Documentación que acredite la condición de familia monoparental.
- Documentación que avale la condición del niño o niña en acogimiento familiar o adopción.
- Título de familia numerosa
d) Documentación justificativa de los niveles de renta.
- Fotocopia de la última declaración de la Renta, del padre y de la madre o tutores legales. En caso de no estar obligados a realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se deberá presentar declaración jurada de las rentas o ingresos y/o los documentos que la entidad local titular del centro considere necesarios para determinar los ingresos familiares del año 2018 o del 2019 si el proceso de admisión es posterior al 30 de junio de 2020. La persona interesada tendrá la posibilidad de presentar ella misma la documentación, o bien, de autorizar a la entidad titular correspondiente para que ésta solicite a la unidad orgánica o departamento competente de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la documentación precisa. Dicha autorización debe otorgarse, mediante instancia, dentro del plazo de presentación de documentación que señale la convocatoria y deberán indicar la fecha y órgano en que se presentó el documento.
e) Documentación justificativa de que el domicilio o lugar de trabajo del padre, madre o tutores legales se encuentra en la zona geográfica de influencia.
- Certificado de empadronamiento en el que coste que el niño/a y padre y/o madre o tutores/as legales están empadronados en el municipio con fecha anterior al 1 de enero de 2020.
- Certificado de la dirección del centro de primer ciclo de Educación Infantil en el que conste que la persona solicitante trabaja en el mismo.
- Documentación que acredite el lugar de trabajo del padre, madre o tutores legales.
- En los casos de traslado de domicilio se valorará documento acreditativo de entrega de la nueva vivienda con fecha anterior al inicio de curso escolar. En este caso, debe indicarse a efectos de notificación el domicilio actual y a efectos de baremación el de la nueva vivienda.
f) Documentación sobre condiciones especiales para acceso directo.
- Certificado de calificación de minusvalía o acreditación del reconocimiento de la situación de gran dependencia (Grado III) del niño o niña y/o informe profesional que describa las características que puedan conllevar necesidades educativas específicas.
g) Documentación justificativa para la valoración de cualquier otra circunstancia especial. Se deberá presentar informe médico, psicológico, social o de los servicios especializados oficiales que acrediten dicha circunstancia.
h) El ayuntamiento titular de la Escuela infantil, estará facultado para no admitir a los niños/as de otras localidades que no aporten por escrito, el compromiso de asumir al pago del porcentaje del módulo correspondiente al ayuntamiento titular, por parte del ayuntamiento de residencia o de la propia familia.
PUBLICACIÓN LISTAS
PUBLICACIÓN DE LISTAS PROVISIONALES: 1 de julio de 2020.
Lugar: Web municipal, tablón de información del Ayuntamiento, tablones de información general de las tres Escuelas Infantiles.
PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES: del 1 hasta 6 de julio 2020.
Lugar: Ayuntamiento del Valle de Egüés.
Dirigidas a la Comisión de Selección, alegando las consideraciones por las que se solicita la revisión de la puntuación reflejada en las listas provisionales. En ningún caso se podrán subsanar documentos que supongan puntuación en el baremo de selección.
PUBLICACIÓN DE LISTAS DEFINITIVAS: 17 de julio de 2020.
Lugar: Web municipal, tablón de información del Ayuntamiento, tablones de información general de las tres Escuelas Infantiles.
MATRÍCULA
FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA: del 17 de julio al 24 de julio de 2020.
(Vía telemática desde la Web municipal)
Se deberá aportar la siguiente documentación:
- Fotocopia de la cartilla o tarjeta de la Seguridad Social en la que esté inscrito el niño o niña.
- Justificante de haber abonado. 50€ en el número de cuenta ES22 2100 5323 4822 00082104
- En caso de niños y niñas que residan en otra localidad, justificante de la financiación del porcentaje del módulo que le corresponde al ayuntamiento. Dicha financiación podrá correr a cargo del ayuntamiento de residencia o de la propia familia.
- Fotocopia de la declaración de la Renta del año 2019 del padre y de la madre o tutores legales. En caso de no estar obligados a realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se deberá presentar declaración jurada de las rentas o ingresos y/o los documentos que la entidad local titular del centro considere necesarios para determinar los ingresos familiares del año 2019. La entrega de este documento podrá aplazarse hasta el 30 de junio de 2020.
- Fotocopia de la hoja de la cartilla de la entidad bancaria en donde se domiciliarán los recibos con indicación expresa del titular y número.
- En su caso la información sanitaria que sea precisa para la correcta atención del niño o niña.
OBSERVACIONES Y COMPROBACIÓN DE LOS DATOS
- Las matrículas no formalizadas en el plazo fijado darán lugar a nueva adjudicación según el orden establecido en la lista de espera.
- Si no se presenta documentación que acredite la situación que se alega, se aplicará puntuación cero en el apartado correspondiente al baremo de admisión.
- La comprobación de la inexactitud o falsedad de los datos contenidos en la solicitud o en la documentación adjunta supondrá la modificación de la puntuación correspondiente y, en su caso, la anulación de la plaza concedida.
- La Comisión de Selección podrá exigir en cualquier momento, la ampliación de documentación acreditativa de las diferentes circunstancias que se puntúan en el baremo de selección.
TARIFAS.
Las tarifas de aplicarán de acuerdo con lo establecido en la normativa del Departamento de Educación reguladora de las tarifas para el curso 2020/2021
BAREMO
A) Situación sociolaboral o académica del padre y de la madre o tutores legales
a.1) Los niños y niñas cuyos padres, madres o tutores legales se encuentren en alguna de las situaciones que se indican a continuación, 20 puntos:
- Padre, madre o tutores legales trabajando ambos.
- Uno de los padres o tutores legales trabajando y el otro cursando estudios reglados que impliquen dedicación preferente debidamente justificada.
- Padre y madre o tutores legales cursando estudios reglados que impliquen dedicación preferente debidamente justificada.
- Familias monoparentales trabajando o cursando estudios que impliquen dedicación preferente debidamente justificada.
a.2) Uno de los padres o tutores legales trabajando o cursando estudios que impliquen dedicación preferente y el otro en búsqueda de empleo, 15 puntos.
a.3) Padre y madre en situación de búsqueda de empleo, 10 puntos. En el caso de familias monoparentales 15 puntos.
B) Composición familiar, puntuación máxima acumulable: 15 puntos.
b.1) Modalidades:
- Familias que solicitan plaza en el mismo centro para dos o más hijos o hijas en la misma convocatoria (se incluye reserva de plaza y también la solicitud para el no nacido), 15 puntos.
- Familias con dos o más hijos o hijas menores de 6 años 1 punto por cada hijo/a. Se contabilizarán sólo los nacidos hasta la fecha de finalización del plazo de preinscripción.
- Familias monoparentales, 5 puntos.
- Familia numerosa: 5 puntos
- Condición reconocida con un grado igual o superior al 33 % de minusvalía física, psíquica o sensorial de cualquier miembro de la unidad familiar, 4 puntos.
C) Niveles de renta anual de la unidad familiar, puntuación no acumulable: 15 puntos
Tramos de renta y puntuación:
TRAMOS DE RENTA PER CÁPITA | PUNTUACIÓN | |
DESDE | A | |
Mayor de | 15.000 | 1,5 |
12.400,01 | 15.000 | 3 |
10.700,01 | 12.400 | 4,5 |
9.300,01 | 10.700 | 6 |
7.980,01 | 9.300 | 7,5 |
6.650,01 | 7.980 | 9 |
5.500,01 | 6.650 | 10,5 |
4.500,01 | 5.500 | 12 |
3.350,01 | 4.500 | 13,5 |
Menor o igual a | 3.350 | 15 |
D) Zona geográfica de influencia, puntuación máxima acumulable: 20 puntos
- Por estar empadronado el niño y padre y/o madre y/o tutores legales con fecha anterior al 1 de enero de 2020 en la localidad del centro de primer ciclo de Educación Infantil para el que se solicita o en una localidad que se encuentre dentro de la zona geográfica de influencia: 20 puntos.
- Por trabajar el padre, madre o tutor legal en la localidad del centro de primer ciclo de Educación Infantil para el que se solicita o en la zona geográfica de influencia del mismo: 8 puntos.
- Por trabajar el padre y/o madre o tutor legal en un centro de primer ciclo de Educación Infantil de la entidad titular: 5 puntos.
E) Otros criterios. La Comisión de Selección podrá considerar otras situaciones de necesidades personales, familiares o sociales graves debidamente justificadas, no recogidas en los apartados anteriores, hasta un máximo de 10 puntos.
F) Resolución de casos de empate en la puntuación. Si en la aplicación del baremo se produjera empate para la última plaza ofertada de cada grupo de edad se resolverá mediante la aplicación sucesiva de los siguientes criterios:
- Niños/as con hermanos/as en el centro
- Menor renta familiar
- Sorteo realizado por la Comisión de Selección