El pasado mes de julio se declaró la nulidad del juicio, ya que debía ser la Audiencia Provincial la que encausara el asunto ya que las penas solicitadas eran superiores a cinco años
Pamplona, 2 de diciembre
El próximo 18 de diciembre, a las nueve y media de la mañana, comenzará el juicio oral en la Audiencia Provincial contra el ex alcalde de Egüés, Josetxo Andía que deberá enfrentarse de nuevo al banquillo de los acusados acusado de nuevo de sendos delitos malversación y delito societario por el Caso de las Preferentes compradas por el Ayuntamiento de Egüés.El pasado mes de julio se declaró la nulidad del juicio, ya que debía ser la Audiencia Provincial la que encausara el asunto ya que las penas solicitadas eran superiores a cinco años.
El viejo caso de las Preferentes llega en un mal momento para el ex alcalde que la semana pasada tuvo que enfrentarse a un nuevo interrogatorio en el Juzgado de Aoiz por el Caso Egües II, las numerosas irregularidades urbanísticas en sociedades pública y mixtas durante su mandato, junto Carolina Potau y la actual portavoz de UPN en el Ayuntamiento, Estefanía Clavero.
Como se recordará en el Caso de las Preferentes, el fiscal reclamaba 4 años de prisión y 8 años de inhabilitación para Andía, mientras que la acusación particular planteada por Na-Bai, pide en su escrito ante el Juez una condena de tres años de prisión, ocho de inhabilitación, una multa de 200.000 euros, así como el abono de 66.000 euros a la sociedad pública Andacelay. Además, de forma novedosa, solicitan que el ex alcalde pague un euro a cada vecino de valle, perjudicados en su honra por la mala gestión
Josetxo Andía será el segundo ex- alcalde del Valle de Egüés que se enfrente a un proceso judicial por delitos relacionados con la corrupción. En este caso, incluso Andía, sustituto del famoso Ignacio Galipienzo (condenado en 2009 a un año de prisión por prevaricación urbanística) podría ser condenado a una pena mayor que su antecesor ya que tanto el fiscal como la acusación particular (planteada por Na-bai) piden en sus escritos elevados al Juez Otamendi de la Audiencia Provincial de Navarra entre 3 y 4 años de cárcel para el ex alcalde de UPN de Egüés por el Caso de las Preferentes.
Así, Josetxo Andía se enfrenta a posibles delitos de malversación y delito societario por el Caso de las Preferentes, a los que la acusación particular, planteada por Na-Bai añade un posible delito de prevaricación. La acusación particular pide además de una multa de 200.000 euros, el abono de 66.000 euros a la sociedad pública Andacelay solicita que éste pague un euro a cada vecino de valle, perjudicados en su honra por la mala gestión de su ex-alcalde.
Entre los testigos, está citado el actual alcalde de Egüés, Alfonso Etxeberría.
El Fiscal del caso pide penas de hasta cuatro años de cárcel y la pena accesoria de ocho años de inhabilitación para ejercer un empleo o cargo público. También pide una indemnización para Andacelay S.L. de 61.387 euros junto a los intereses legales correspondientes.
En su escrito de conclusiones, el fiscal recuerda que en noviembre de 2010, el consejo de administración de la sociedad pública Andacelay acordó no realizar ninguna operación que le genere ingresos, salvo los correspondientes a los intereses de sus cuentas bancarias, y que posteriormente, el 17 de marzo, el acusado, desoyendo el anterior acuerdo del consejo de Administración y realizando una imprudente gestión de los fondos públicos a los que tenía acceso en su condición de alcalde y presidente de Andacelay suscribió 100.000 euros del dinero público perteneciente a Andacelay SL en 100 participaciones preferentes con un nominal de 1.000 euros cada uno de ello, de Caixa Catalunya.
La Acusación Particular
Por su parte, la acusación particular que ejerce Na-bai, solicita en su escrito de acusación una pena de diez años de inhabilitación para empleo o cargo público, tres años de prisión y multa del triplo de la cantidad perdida (200.130€) o subsidiariamente pena de prisión de tres años e inhabilitación absoluta por plazo de seis años.
La acusación particular también plantea que Josetxo Andía, como responsable civil directo, en caso de ser condenado esté obligado a abonar a la sociedad pública Andacelay sl (sociedad unipersonal) 66.710€, cantidad ésta que deberá ser incrementada con el importe de los intereses legales.
Quizá la parte más novedosa del escrito de la acusación particular sea con el concepto de resarcimiento a los vecinos por daños y perjuicios morales “por la deshonra sufrida en el buen nombre del Ayuntamiento”. La acusación, ejercida por Na-Bai, pretende que se condene como responsable civil a Josetxo Andía, al pago de 18.840€ “en concepto de daños y perjuicios morales pagando un euro a cada vecino del Valle de Egüés (18.840 habitantes a 31 de diciembre del 2013), propietarios últimos de Andacelay sl y perjudicados en su honra por la mala administración realizada”.
La acusación particular añade que su petición de condena “está basada en la posible comisión de los delitos de prevaricación, fraude, delito societario y/o malversación”.
El Juez instructor imputó a Josetxo Andía por malversación y delito societario en el Caso de las Preferentes
El juez instructor del Caso, Fermín Otamendi, estimó que la compra de preferentes por un importe total de 100.000 euros por parte del ex alcalde del Valle de Egüés por UPN, Josetxo Andía podría ser constitutiva de un delito de malversación y de un delito societario.
En el auto, el Juez instructor recordaba que la sociedad municipal Andacelay, presidida por el propio Josetxo Andía, adquirió, sin someterlo a votación y ni siquiera comunicarlo a los miembros del Consejo de Administración o al Pleno del Ayuntamiento del citado municipio, 100 participaciones preferentes de la serie A de la entidad Cataluña Caixa por un importe total de 100.000 euros, conociendo que dicho producto tenía elevados riesgos de pérdida de la inversión, contratando igualmente una imposición a plazo fijo de un año, vinculada a la adquisición de las participaciones preferentes mencionadas, al tipo de interés nominal del 3,942 por ciento.
El juez instructor añade que “en esa fecha, la Comisión Nacional del Mercado de Valores ya había alertado de que las participaciones preferentes eran un instrumento complejo y de riesgo elevado que podía generar rentabilidad pero también pérdidas del capital invertido. También a esa fecha, la entidad Cataluña Caixa ya había recibido ayudas públicas del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria como consecuencia del plan de reestructuración del sistema financiero español”.
En el auto, se abunda que el alcalde regionalista era además “ empleado en excedencia de la entidad Cataluña Caixa, de la que fue apoderado hasta el año 2003. El director de la oficina en la que se llevó a cabo la operación era también concejal del mismo grupo político que el imputado en el Ayuntamiento del Valle de Egües”. El juez argumenta además que el imputado “no realizó procedimiento alguno para elegir este producto y no otros, de la misma o distinta entidad financiera”.
En este sentido, el juez Otamendi recuerda que “en los meses de febrero y, sobre todo, de marzo de 2011 se produjo un notorio incremento, respecto de los meses anteriores y posteriores, en las ordenes de compraventa de participaciones preferentes “casadas” por la entidad Cataluña Caixa, siendo explicado dicho incremento por parte de responsables de la mencionada entidad
en el hecho de que existía una “cola” de órdenes de compra y de venta pendientes de “casar”.
El juez instructor asegura en el auto, conocido en enero que “las participaciones preferentes adquiridas por Andacelay, S.L. fueron vendidas por nueve personas, físicas y jurídicas, con cuentas abiertas en diferentes oficinas de Cataluña Caixa y todas las órdenes de venta se habían dado en el mes de diciembre de 2010, siendo que hasta marzo de 2011 no habían podido ser ejecutadas”.
En el auto, el juez instructor recuerda que “como consecuencia de la intervención europea en la economía española y la reestructuración de las entidades financieras “nacionalizadas”, entre las que se encuentra Cataluña Caixa, la sociedad pública Andacelay, S.L y, en consecuencia, el Ayuntamiento del Valle de Egües, en cuyas cuentas anuales se integran las de la mencionada sociedad pública, ha sufrido una pérdida económica de 65.520’69 euros”.
El juez concluye en el auto que estos hechos pueden ser constitutivos de “un delito de malversación y/o un delito societario”




