Béjar, imputado por los encargos del banco a Villarejo, podrá acceder a mails de su época en el banco y en Distrito Castellana Norte
MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso del exdirectivo de BBVA y expresidente de Distrito Castellana Norte (DCN) Antonio Béjar quien exigió al juez instructor de la pieza 9 del conocido como ‘caso Villarejo’ poder tener acceso a parte de la correspondencia que está albergada en los correos corporativos del banco y de DCN.
De esta manera, la Sala de lo Penal corrige la decisión del titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García Castellón, que desestimó esta petición por auto de 14 de diciembre de 2020, y previamente en octubre de 2020, en el marco de esta pieza separada en la que se investigan los diversos trabajos realizados por el comisario jubilado y en prisión preventiva José Manuel Villarejo para el BBVA.
Béjar, imputado en esta causa, alegaba que la denegación del acceso a esos documentos –en un principio quería poder tener acceso a todos sus correos en BBVA y DCN, y a agendas de sus secretarias– infringía los artículos 118 y 311 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con el artículo 24.2 de la Constitución. Y destacaba que había resultado incriminado a raíz de una información que aportó el banco a la causa cuando la instrucción estaba secreta y antes de que la propia entidad bancaria fuera imputada.
Béjar explicaba que hasta febrero de 2020 no pudo conocer que el motivo de su incriminación eran unos mensajes de correo de su mail profesional, y señalaba que de la cuenta solo se aportaba parte de la información. El Ministerio Fiscal, por su parte, se adhirió a la petición de Béjar y daba su visto bueno a estas diligencias solicitadas.
El juez, en el auto recurrido, señaló que no era pertinente, útil y proporcional requerir esta documentación, algo con lo que estuvo de acuerdo la defensa del BBVA porque esa información almacenada en dispositivos de su propiedad «afectaría a sus derechos e intereses, implicando secretos de empresa y derechos de terceros».
«INCOMPLETO Y DESCONTEXTUALIZADO»
La Sala de lo Penal recuerda que Béjar en su recurso apuntó que tener acceso a esos correos y agendas era necesario para poder realizar un adecuado ejercicio de su derecho a la defensa porque lo aportado por BBVA estaba «incompleto y descontextualizado». Pero ante la negativa de la entidad, la defensa de Béjar rebajó hasta en dos escritos posteriores la pretensión y acotó lo que le interesaba a las comunicaciones mantenidas con determinadas personas en correos corporativos de BBVA.
El juez instructor, en su auto de respuesta al recurso de Béjar reiteró que desestimaba la pretensión de esta parte al amparo de del derecho a la presunción de inocencia y a un proceso con todas las garantías para el banco, puesto que al estar investigado tenía derecho a dejar de aportar lo que considerara oportuno en defensa de sus intereses.
Pero la Sala echa en cara al magistrado que no se plantee en su auto de respuesta al recurso la utilidad, pertinencia y necesidad de estas nuevas diligencias porque se limita a reseñar que podrían lesionar sus derechos de defensa y a no autoincriminarse, algo que podría ocurrir si aporta esos correos a la causa.
El tribunal indica que si bien la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humano (TEDH) excluye «métodos coercitivos» para los investigados con el objetivo de obtener pruebas, hay otra sentencia del TC que señala que no admitir ninguna diligencia «dejaría inermes a los poderes públicos en el desempeño de sus legítimas funciones de protección de la libertad y la convivencia».
Apunta el tribunal que puestos a permitir una respuesta pasiva del investigado, se terminaría con diligencias tales como la identificación y reconocimiento de un imputado, las entradas y registros o las intervenciones telefónicas.
CONFLICTO ENTRE EL DERECHO DE DEFENSA DE DOS IMPUTADOS
Subraya que en el presente caso «es evidente», tal y como resaltaba la Fiscalía, que se está ante un conflicto entre los derechos de defensa de dos investigados, y añade que Béjar está imputado por documentos aportados por BBVA en su «propio interés».
Apunta la Sala que tener acceso al resto de correos puede dar contexto a los indicios extraídos del material parcial y pueden suponer su confirmación o su desvanecimiento, por lo que recalca que las diligencias solicitadas por el exdirectivo de BBVA son proporcionadas.
Al hilo, le recuerda al banco, que si bien esos correos puede incriminar a la entidad, su defensa no ha aportado alegación al respecto ya que su argumentación se ha basado en la ausencia de justificación para esas diligencias. Por eso, dice que su alegación no es atendible, al igual que tampoco hay motivos para mantener la resolución del juez instructor.
El tribunal concluye su exposición de fundamentos de derecho de la resolución indicando que el derecho del BBVA a no autoincriminarse no es incompatible con una posible actuación posterior del juzgado para la obtención por sus propios medios del material probatorio.