El Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra ha iniciado un expediente sancionador que incluye una propuesta de multa de 16.499,50 euros a la persona titular de una vivienda de protección oficial (VPO) ubicada en la Comarca de Pamplona. El motivo del expediente es la utilización indebida del inmueble como alojamiento turístico, una práctica que se encuentra expresamente prohibida por la normativa vigente en la comunidad foral.
La actuación inspectora comenzó después de detectar que el inmueble se anunciaba en una conocida plataforma de alquiler vacacional. Tras las comprobaciones pertinentes, la administración confirmó que la propiedad no figuraba inscrita en el Registro de Turismo de Navarra, a pesar de que se ofertaba públicamente como apartamento para turistas desde, al menos, el año 2023.
Sanciones por el uso irregular y la crisis del alquiler vacacional en Navarra
El arrendamiento de una vivienda protegida para fines turísticos está tipificado como una infracción grave según la Ley Foral del Derecho a la Vivienda en Navarra. Esta legislación determina de manera estricta que este tipo de inmuebles deben ser destinados única y exclusivamente a domicilio habitual y permanente. La propuesta de sanción económica se sitúa dentro del rango legal previsto para este tipo de infracciones de carácter grave, cuyas cuantías oscilan entre los 3.001 y los 30.000 euros.
La finalidad principal de las promociones protegidas es garantizar el acceso a una residencia digna a precios asequibles para la ciudadanía. Por este motivo, el marco normativo prohíbe de forma taxativa que las propiedades se conviertan en segundas residencias, que permanezcan vacías de forma prolongada sin una justificación legal o que se desvíen hacia el mercado turístico, ya sea mediante el alquiler del piso completo o a través de la oferta de habitaciones sueltas.
Requisitos legales para el alquiler de VPO y la compraventa de vivienda protegida
A pesar de las restricciones comerciales con fines turísticos, la legislación navarra sí permite el arrendamiento residencial ordinario de una VPO, tanto de forma íntegra como por habitaciones. Sin embargo, para que este proceso sea completamente legal, es obligatorio respetar los límites de precios máximos fijados por la administración y asegurar que el inquilino cumpla con todos los requisitos de acceso vigentes. En cualquier caso, es indispensable solicitar y obtener de manera previa la autorización expresa de la Dirección General de Vivienda.
Este requisito de control administrativo se extiende de igual forma a las operaciones de transmisión de la propiedad. Las viviendas protegidas pueden ser objeto de venta, donación, permuta o cesión temporal para su ocupación por parte de un familiar directo. No obstante, al igual que ocurre con los contratos de arrendamiento tradicional, todas estas acciones económicas exigen el cumplimiento estricto de las condiciones legales y la validación previa del departamento competente del Ejecutivo autonómico.





