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Pamplona convoca una oposición para secretaría del Pleno

Las solicitudes deberán presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona

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  • La convocatoria, para funcionarios/as con grado universitario en Derecho, Ciencias Políticas o titulación equivalente, incluye tres pruebas sobre 40 t

El Ayuntamiento de Pamplona ha abierto una convocatoria para el puesto de secretario/a del Pleno, con régimen funcionarial y nivel A. La Junta de Gobierno Local ha dado luz verde a este proceso, que comenzará en septiembre de 2026. Las bases de la convocatoria estarán disponibles en el Boletín Oficial de Navarra (BON), y las solicitudes deberán presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona. El plazo para presentar las solicitudes es de veinte días naturales desde el día siguiente a su publicación en el BON.

Requisitos para participar en la oposición

Para participar en esta oposición, los aspirantes deben ser personal funcionario de cualquier Administración Pública de Navarra o de sus organismos autónomos, en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial. Además, deben contar con un título de Grado universitario en Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración Pública, Ciencias Políticas y Gestión Pública, Sociología, o una titulación equivalente. También es necesario tener la nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea, o de un Estado que permita la libre circulación de trabajadores/as según los Tratados Internacionales ratificados por el Estado español. Los candidatos deben tener al menos dieciséis años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

La tasa para participar en el proceso es de 26 euros, destinada a cubrir los derechos de examen y la formalización del expediente. La oposición constará de tres pruebas, abarcando un total de 40 temas divididos en dos partes: Derecho Constitucional y de la Unión Europea, con 12 temas, y Derecho Administrativo General, con 38 temas.

Detalles del proceso de selección

La primera prueba consistirá en un cuestionario escrito de 100 preguntas con varias alternativas de respuesta, de las cuales solo una será correcta. Las respuestas correctas sumarán 0,3 puntos, mientras que las incorrectas restarán 0,15 puntos. Para pasar esta prueba, los candidatos deberán obtener al menos 15 puntos, siendo la máxima puntuación posible de 30 puntos.

Las dos pruebas siguientes serán de carácter teórico-práctico. En ambas, los aspirantes deberán desarrollar por escrito un dictamen jurídico relacionado con el temario y las funciones del puesto. El contenido del dictamen podrá abordar temas como el régimen electoral, los derechos y deberes de los concejales, el funcionamiento de las corporaciones locales, el régimen orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Pamplona, entre otros.

Normas para las pruebas teórico-prácticas

Durante la segunda prueba, no se permitirá la consulta de textos legales ni de documentación adicional. Sin embargo, en la tercera prueba, los aspirantes podrán consultar textos legales en formato papel, siempre que no contengan comentarios doctrinales ni jurisprudenciales. Las copias deberán estar encuadernadas, y se permitirá el uso de subrayados o marcas de colores, pero no anotaciones adicionales.

Las materias del temario se evaluarán según la normativa vigente en la fecha de publicación de la convocatoria en el BON. No obstante, se valorará positivamente que los candidatos citen modificaciones normativas posteriores. Los ejercicios de la segunda y tercera prueba se leerán en acto público ante el Tribunal, y cada uno se calificará de 0 a 35 puntos. Para superarlos, se requerirá un mínimo de 17,5 puntos.

Criterios de evaluación

En la evaluación de las pruebas se considerará la corrección del planteamiento, la precisión, la exhaustividad y el rigor técnico en el análisis jurídico. Además, se valorará la exposición y resolución de las cuestiones planteadas, así como las referencias jurisprudenciales o doctrinales que los candidatos incluyan en sus dictámenes. Durante la lectura pública, los aspirantes deberán exponer con precisión la fuente doctrinal o sentencia/s que hayan mencionado en su dictamen.

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