La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés) ha concluido que los impuestos a los servicios digitales aprobados en España, Austria y Reino Unido son discriminatorios para las empresas estadounidenses e incompatibles con los principios de tributación internacional por lo que, a pesar de no adoptar ninguna acción específica en este momento, continuará evaluando todas las opciones disponibles.
«Cada uno de estos impuestos a los servicios digitales discrimina a las empresas estadounidenses, es incompatible con los principios vigentes de tributación internacional, y restringe el comercio estadounidense», señala.
En el caso concreto de la ‘tasa Google’ española, afirma que, por su estructura y funcionamiento, discrimina a las empresas digitales estadounidenses, tanto por la selección de servicios cubiertos como por los umbrales de ingresos, señalando que el impuesto «no es razonable porque es incompatible con los principios internacionales sobre fiscalidad», además de que grava o restringe el comercio estadounidense.
En este sentido, la investigación señala que el umbral de ingresos establecido para el impuesto español de 750 millones de euros sirve para discriminar por nacionalidad a las empresas estadounidenses, ya que con este límite se verían afectadas un total de 60 empresas, de las que 34 serían de EE.UU. y solo dos españolas, mientras que aplicando un umbral de unos 50 millones de euros, se afectaría a 249 empresas, incluyendo 20 españolas y 80 estadounidenses.
Asimismo, concluye que la selección de servicios cubiertos por la tasa, como la publicidad y la intermediación ‘online’ o la transmisión de datos apunta a que la tasa se dirige contra compañías estadounidenses líderes en estos segmentos de mercado a las que aplica «un tratamiento fiscal especial y desfavorable».
A pesar de no adoptar ninguna acción específica en relación con los hallazgos en este momento, la agencia del Gobierno de EE.UU. advierte de que «continuará evaluando todas las opciones disponibles», lo que abre la puerta a represalias como la imposición de aranceles sobre productos españoles.
EE.UU. lanzó el pasado mes de junio una investigación sobre las tasas digitales adoptadas por Austria, España y el Reino Unido junto con las de otras siete jurisdicciones. En este sentido, el pasado 6 de enero la Oficina del Representante Comercial anunció sus conclusiones sobre los impuestos digitales de India, Italia y Turquía, mientras que continúa evaluando los de Brasil, República Checa, la Unión Europea e Indonesia, que aún no están en vigor.
La ‘tasa Google’ española entrará en vigor este sábado y gravará a aquellas empresas con ingresos anuales totales de, al menos, 750 millones de euros y con ingresos en España superiores a los 3 millones de euros, dirigiéndose a servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario durante su actividad o la venta de metadatos.
Aunque Hacienda tenía prevista una recaudación inicial de unos 1.200 millones de euros (antes de la pandemia), posteriormente la rebajó a 968 millones.
El secretario general de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), Ángel Gurría, criticó recientemente la introducción unilateral por algunos países de impuestos digitales, advirtiendo de que esta vía podría desencadenar represalias por parte de otros, haciendo retroceder la situación «no solo a una ‘guerra fiscal’, sino a una ‘guerra comercial’ que sería mala para todos».
El Gobierno español asegura que la norma que entrará en vigor este fin de semana tendrá «carácter transitorio» hasta que se apruebe una normativa mundial o europea en el marco de la OCDE o el G20, algo que de momento no se ha logrado